Mostrando las entradas con la etiqueta Escudo - Chancletas - Ley 360 - Símbolos Patrios. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Escudo - Chancletas - Ley 360 - Símbolos Patrios. Mostrar todas las entradas

sábado, noviembre 19, 2011

Incautan 6,450 pares de chancletas con el Escudo

La Fiscalía del Distrito Nacional se incautó ayer 6 mil 450 pares de chancletas  con la Bandera Nacional  y el Escudo impresos que eran comercializadas por un almacén  en San Carlos.
La incautación fue hecha por el fiscal Adolfo Feliz, coordinador de las Fiscalías Barriales, en 129 cajas de chancletas importadas desde China.
“Sandalias PVC Bandera Dominicana” eran comercializadas por Almacenes El Frutal, localizado en San Carlos, detrás del Mercado Modelo, en el área conocida como “El Pequeño Haití”.
La Fiscalía analiza  la posibilidad de someter a la justicia al propietario del almacén, Ramón Abreu.
La Ley de Símbolos Patrios  prohíbe que la Bandera Nacional sea utilizada total o parcialmente en propaganda política, cultural, deportiva o comercial, ni como distintivo de cualquier organización privada.
El propietario del almacén criticó que la Dirección General de Aduanas permitiera la entrada de esas chancletas si la ley prohíbe el uso de los símbolos patrios en la comercialización de cualquier producto.
“La mercancía fue revisada y autorizada a entrar al territorio dominicano por Aduanas”, dijo el comerciante Abreu.
El allanamiento fue autorizado por la juez coordinadora de los juzgados de la instrucción del Distrito Nacional, doctora Rosalba Garib.
La Fiscalía duró casi una semana para ejecutar la incautación debido a que la juez Keila Pérez, de la Oficina de Atención Permanente,  rechazó en principio el allanamiento a pesar de que en la solicitud se explicaba que estaban comercializando chancletas con los símbolos patrios.
 La ley también establece que los que con palabras, gestos o vías de hecho cometieran ultraje contra la Bandera, el Himno o el Escudo, serán castigados con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cincuenta a doscientos pesos.
“Cuando el autor del ultraje sea extranjero, será expulsado del territorio nacional” (artículo 8 de la Ley 360).
La Ley 360 prevé, en su artículo 8, diferentes tipos de sanciones para las personas que irrespeten o ultrajen cualquiera de los símbolos patrios de República Dominicana.
“Se castigará con pena de seis días a un mes de prisión a toda persona convicta de actos irrespetuosos o irreverentes hacia la Bandera Nacional, hacia el Himno Nacional o hacia el Escudo Nacional”.

PRODUCTOS MÉDICOS HOSPITALARIOS PARA EL ÁREA DE CUIDADOS INTENSIVOS.

PRODUCTOS MÉDICOS HOSPITALARIOS PARA EL ÁREA DE CUIDADOS INTENSIVOS.

Lo que es y hace el Banco Central-Mantiene

Central Termoeléctrica Punta Catalina

BIO-ECOSISTEMAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA