El presidente del Indotel, Luis
Henry Molina, entrega al
director general de la OPTIC, Armando García, la certificación de firma
digital.
24/06/2018 Santo Domingo, República Dominicana._ El consejo directivo
del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aprobó mediante la
resolución número 024-18 de este mes de junio del 2018, la solicitud de la
Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y la Comunicación (OPTIC),
para operar como Entidad de Certificación de Firma Digital.
La medida fue aprobada, adoptada y firmada por el consejo directivo del
Indotel que integra su presidente, Luis Henry Molina, y los miembros Yván L.
Rodríguez, en representación del Ministro de Economía, Planificación y
Desarrollo, miembro Ex Oficio; Marcos Peña Rodríguez, Fabricio Gómez Mazara y
Nelson Guillén Bello, así como César García, secretario ad hoc del organismo
regulador.
La autorización fue entregada por el presidente del Indotel, Luis Henry
Molina, al director general de la OPTIC, Armando García, durante un acto
celebrado en la sede de la institución que recibe.
Significó que esta certificación es un
avance que da más eficiencia a los
procesos de las instituciones del país.
Luis Henry Molina y Armando García y
los especialistas César Moliné, Ruddy Severino y José Luis Hernández.
Molina dijo que es un honor entregar por primera vez esta certificación a
la OPTIC, señalando que “se ve fácil,
pero ha sido una ardua labor, y quiero
felicitar y reconocer por este trabajo al Director de Ciberseguridad, Comercio
Electrónico y Firma Digital del Indotel,
César Moliné.
También trabajaron en la elaboración
de la firma digital los técnicos Ruddy Severino y José Luis Hernández, del
equipo de especialistas de la OPTIC.
El presidente del Indotel destacó la importancia de esta medida que ha sido
adoptada en el marco de las ejecutorias del gobierno electrónico que impulsa el
Presidente Danilo Medina a través del programa República Digital.
Declaró que este proceso conllevó una extensa revisión de las políticas y
las prácticas de certificación, así como las políticas de seguridad para
garantizar la confiabilidad de los sistemas y plataformas. Agregó que se
realizaron auditorías de cumplimiento con el citado marco legal y regulatorio
por lo que se entendió que no existía objeción para el otorgamiento de dicha
autorización.
Mientras que el ingeniero Armando García, puntualizó que se encuentran
trabajando para que la firma digital sea aplicada en todo el ecosistema
estatal, como parte de su compromiso con un Gobierno Digital, Abierto y
Transparente. En ese orden, resaltó el taller impartido por esa entidad a más
de 70 instituciones públicas con la finalidad de mostrar los alcances y modo en
que se opera la firma.
Hasta el momento el país cuenta con 46 instituciones que utilizan firma
digital en sus procesos electrónicos, sin embargo, según las declaraciones de
García, a partir del próximo año tendrán disponible más de un millón de
certificados para entregar a instituciones y ciudadanos, lo que les permitirá
tener este mecanismo para los procesos y servicios realizados de manera
electrónica.
-
“Todo esto es parte de nuestro plan
de fortalecimiento institucional que estamos desarrollando a fin de asegurar la
mejora continua de los servicios de gobierno electrónico que ofrecen las
entidades públicas”, expresó. -
Apuntalar gobierno
electrónico
La autorización tiene el propósito de facilitar a la OPTIC operar como
entidad de certificación, con miras a apuntalar y garantizar un gobierno
electrónico seguro en todo el territorio nacional, especialmente en la
provisión de certificados de firma digital a instituciones y servidores
públicos, señala la resolución.
Igualmente, permitirá afianzar la seguridad y privacidad en todas las interacciones
electrónicas que los ciudadanos tienen con los servicios del Estado,
particularmente con las transacciones en línea del Programa República Digital.
La disposición tendrá una duración de cinco años, contados a partir de la
notificación de esta decisión, de conformidad con lo que dispone el artículo
74.1 del Reglamento de Aplicación de la Ley número 126-02 sobre Comercio
Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
Establece que la OPTIC deberá ajustarse y dar cumplimiento a todas las
regulaciones y normas presentes o futuras dictadas por el Indotel que sean
aplicables a los servicios que proveerá, además de observar lo dispuesto por
los artículos 40 de la citada Ley y 17 del Reglamento, en lo que concierne a
las obligaciones a cargo de las Entidades de Certificación.
La decisión se adoptó a raíz de que la OPTIC se sometiera al proceso de
autorización, el cual conllevó una extensa revisión de las políticas y las
prácticas de certificación, así como las políticas de seguridad para garantizar
la confiabilidad de los sistemas y plataformas.
No hay comentarios. :
Publicar un comentario