14/Febrero/2012 Santo Domingo, RD.- La Asociación para
el Desarrollo de Cabarete (ADECA) anunció que esta semana presentará una
acusación penal en el Juzgado de Instrucción de Puerto Plata en la que solicita
que el Director de la Junta Distrital de Cabarete sea condenado a dos años de
prisión correccional e inhabilitado para cargos públicos por violación a la Ley
de Libre Acceso a la Información Pública.
Esta es la corte que preside la magistrada Jakaira
Veras, que el pasado 5 de enero dictó medidas de coerción contra el alcalde de
Cabarete Gabriel Antonio Mora Ramírez (mejor conocido como Canoa). Ya en abril
del año pasado la Primera Sala de la Cámara Civil del Departamento
Judicial de Puerto Plata condenó al funcionario y le ordenó entregar la
información pública solicitada.
Víctor Mena, Abogado de la querella libre acceso a la
información, durante su participación.
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La información la ofreció el
licenciado Victor Horario Mena Graveley abogado del caso y presidente del
Colegio de Abogados de Puerto Plata, y Michel Gay-Crosier, presidente en
funciones de ADECA. También participó en la rueda de prensa ofrecida en esta
capital el licenciado Aristide Trejo, abogado que tiene a su cargo una querella
contra el funcionario presentada en el Departamento de Persecución contra la
Corrupción Administrativa (DPCA), por falsificación del Libro de Registro de las Sesiones del Concejo de Vocales de la Junta
Distrital de Cabarete
Arístides Trejo, Abogado de la querella de falsificación de documentos da los detalles del proceso para someter a la justicia al Síndico de Cabarete |
La instancia de
acusación, dijo el licenciado Mena, primero pide que se admita la acusación con constitución en actor civil formulada por
ADECA; segundo, que Gabriel Antonio Mora (Canoa) “sea condenado a dos años de prisión
correccional ejecutable en el recinto penitenciario San Felipe y a la
inhabilitación por espacio de cinco años para desempeñar cualquier cargo en la
administración pública”
También
pide que el señor Canoa sea condenado a diez millones de pesos “por los daños y
perjuicios causados a la comunidad que representan los empresarios en el
municipio de Cabarete por el perjuicio causado a su legítimo y constitucional
derecho a la información”.
Esta es la primera
vez en que un funcionario electo enfrentará una querella penal por reiterada
negativa a cumplir con la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. Mena explicó que el
artículo 30 de la Ley de Libre Acceso a la información Pública establece que el
“funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare,
obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será
sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión,
así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años.”
Este caso se
origina en una petición de entrega de de información pública presentada por
ADECA el 12 de enero del 2011, al ayuntamiento de Cabarete y dirigida a los departamentos de Tesorería, Archivo y al Director de la Junta Distrital,
en la cual solicitaba la información contable sobre ingresos y egresos, y los
contratos firmados por este ayuntamiento. La solicitud de información se apoyaba en la Ley 200-04 Sobre Acceso a la
Información pública.
El señor Canoa se negó a atender la solicitud alegando dos días después
que asumió como director municipal el 16 de agosto del 2010 y “por tal
consecuencia y razones lógicas, la ley 200-2004 no me obliga a emitir, a
otorgar o brindar informaciones que no estaban en mi posesión ni bajo mi
control.”
Al no recibir la información solicitada, el 10 de marzo del 2011 ADECA
presentó un recurso de amparo en la Primera Sala de la Cámara Civil del
Departamento Judicial de Puerto Plata. Esta corte falló el 6 de abril ordenando
Canoa y a la Junta Distrital “rendir toda la información
pública requerida” y le concedió un plazo improrrogable de cinco días para
hacerlo. También le impuso una multa (o astreinte) de RD$2,000 por cada día sin
cumplir la orden del tribunal.
El señor Canoa no obedeció la orden de la corte que ordena
la entrega de la información, razón por la cual en mayo del año pasado ADECA presentó una querella penal contra Canoa
por su negativa a cumplir la decisión de la corte, pero la oficina del fiscal
de Puerto Plata no tomó ninguna acción.
Ante esta situación la organización decidió emprender
acciones como actor civil y solicitó al juzgado de instrucción del Puerto Plata dictar medidas de coerción
contra el director del Distrito Municipal de Cabarete como parte del proceso
penal iniciado por su desacato a la orden de entregar la información contable y
financiera de ese ayuntamiento.
El 5 de enero de este año el Juzgado de Instrucción
del Puerto Plata dictó medidas de coerción contra el director del Distrito
Municipal de Cabarete. La magistrada Jakaira Veras fijo una garantía económica
de RD$100 mil (en cheque certificado o efectivo) y un impedimento de salida del
país, también otorgó un plazo de ocho meses a ADECA para presentar su acusación.
Canoa apeló esta decisión y el pasado 31 de enero la Corte de Apelación declaró
inadmisible su petición, confirmado de esa manera la vigencia de las medidas en
su contra.
LA INFORMACION DE
LA DISCORDIA
La información solicitada por ADECA, que puede llevar a prisión a Canoa,
es la siguiente: desde enero del 2004 hasta enero del 2011, todos los cierres
contables mensuales con anexos y soportes; los cierres del año fiscal con sus
soportes y anexos; el manual de procedimiento para los registros contables; las
conciliaciones bancarias con sus soportes y anexos; los informes trimestrales
de contabilidad; los presupuesto de ingresos y gastos; las deudas del
ayuntamiento, citando las personas físicas y compañías; la lista de proveedores; estados financieros; copias
certificadas, de todos los permisos de construcción autorizados, y copias
certificadas de todos los contratos firmados por la Junta Distrital.
QUERELLA EN AL DPCA
Contra Canoa se
quejaron en la DPCA tanto el señor Michel Gay-Crosier (11-junio 2011) como
ADECA (24-octubre-2011) por falsificación de documento público. Sobre esta
instancia Otoniel Bonilla, responsable del departamento anticorrupción, no ha
se ha pronunciado aún, a pesar de que han transcurrido ocho meses de la primera
querella.
Esta acción se originó
en que Canoa presentó en nombre de la Junta Distrital de Cabarete sendas
denuncia contra Gay-Crosier por una supuesta violación de la ley ambiental.
Después de las indagatorias de lugar el magistrado Jesús María Suero decidió
archivar la querella en agosto del 2010.
SE apeló esta decisión y el Juzgado de Instrucción volvió a archivar la
querella en septiembre del 2010.
A pesar de esto Canoa
depositó una acusación en nombre de la Junta Distrital de Cabarete y se ordenó la apertura de juicio en el
Tribunal Colegiado de Puerto Plata, que en julio declaró extinguida la acción
porque no existía constancia de que la Junta Distrital hubiera otorgado el
poder para esta acción en los tribunales.
Canoa apeló esta decisión y para ello presentó una sesión extraordinaria
de la Junta Distrital con fecha del 5/11/2009, que nunca se celebró, ordenando
querellarse contra Michel Gay-Crosier.
Para esto además, alteró el Libro de Actas de Sesiones. Según esta acta, el Concejo de
Vocales de la Junta Distrital había otorgado poderes al director distrital de
esa época, Eddy Ramón Morfe de la Cruz, para querellase contra Gay-Crosier.
Posteriormente Morfe de la Cruz hizo una declaración jurada en la que hace
constar que la reunión nunca se celebró. En el libro de secretaría es evidente
la alteración para incluir la sesión del 5 de noviembre del 2009.