Clínicas privadas no darán servicios a los pacientes del régimen contributivo si el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) mantiene la resolución 278-02 de instalar los centros de Unidad de Atención Primaria de Salud (UNAP), advirtió este miércoles la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip).
El doctor Rafael Mena, presidente de Andeclip, deplora que el CNSS quiera imponer los UNAP, “pero si eso se implanta en el sector salud se producirán conflictos de grandes consecuencias”.
Advirtió que Andeclip no se va a quedar de brazos cruzados en espera que los negocios de sus socios se vayan a la ruina sólo porque se quiera proteger los intereses de sectores del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).
“La intención de Andeclip no es perjudicar a los pacientes del régimen contributivo, pero si nos acorralan tomaremos acciones drásticas y muy lamentable”, precisó Mena.
Andeclip, el Colegio Médico Dominicano (CMD), y las sociedades especializadas introdujeron un recurso de medida cautelar, ante el Tribunal Superior Contencioso y Administrativo contra la resolución número 279-02 que establece los UNAO, establecido por el CNSS, y que el doctor Mena sostiene viola la ley 87-01, sus reglamentos y normas complementarias.
Andeclip está integrada por 122 clínicas en el país, y las asociaciones médicas especializadas y el CMD han emprendido una lucha a fin de que se escuchen los argumentos y se llegue a una solución a los problemas para evitar que los pacientes no sean perjudicados.
En el Tribunal Superior Administrativo, Contencioso y Tributario los dueños de clínicas incoaron un recurso que busca anular la resolución 278-02 que establece los centros de Unidad de Atención Primaria, pero aún está pendiente el fallo de la medida cautelar
“Mantenemos nuestra posición de que se revise la resolución 278-02, porque si el CNSS quiere imponer el régimen contributivo habrá una confrontación muy seria, a lo que no queremos llegar”, precisó.
“Vamos a continuar trabajando bajo las condiciones actuales en dirección segura o con el temor de irnos a la quiebra o asumir un plan de lucha enérgico para exigir nuestro derecho y que se cumplan con la ley 87-01”, puntualizó el doctor Mena.
Anoche, Andeclip se reunió con sus miembros y acordaron reunirse con las ARS, y sobre el particular el doctor Mena significó que los diálogos que se han realizado indican que se llegará a un acuerdo.
El doctor Mena adelantó que en las próximas horas Andeclip se reunirá con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) con el fin de arriba r a un acuerdo para que le reajusten la cápita a las prestadoras de salud.
Dicen que en el pasado día 4 del 2011 el CNSS emitió la resolución 280-02 modificando parcialmente la resolución recurrida con la cual permite a las ARS percibir el aumento de la cápita del Seguro Familiar de Salud consistente en un 9.3%, establecida por el CNSS mediante la resolución 279-03.
En adición hubo otro aumento establecido con anterioridad sin que las ARS hayan atendido los reiterados reclamos de Andeclip para que los aumentos se reflejen en la misma forma.
Atención primaria
El CNSS dispuso el inicio del Primer Nivel de Atención como puerta de entrada a los servicios del Plan Básico de Salud del Seguro Familiar de Salud a partir del 1º de mayo del año 2012, en cumplimiento de lo establecido por los artículos 129 y 152 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
El doctor Rafael Mena, presidente de Andeclip, deplora que el CNSS quiera imponer los UNAP, “pero si eso se implanta en el sector salud se producirán conflictos de grandes consecuencias”.
Advirtió que Andeclip no se va a quedar de brazos cruzados en espera que los negocios de sus socios se vayan a la ruina sólo porque se quiera proteger los intereses de sectores del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).
“La intención de Andeclip no es perjudicar a los pacientes del régimen contributivo, pero si nos acorralan tomaremos acciones drásticas y muy lamentable”, precisó Mena.
Andeclip, el Colegio Médico Dominicano (CMD), y las sociedades especializadas introdujeron un recurso de medida cautelar, ante el Tribunal Superior Contencioso y Administrativo contra la resolución número 279-02 que establece los UNAO, establecido por el CNSS, y que el doctor Mena sostiene viola la ley 87-01, sus reglamentos y normas complementarias.
Andeclip está integrada por 122 clínicas en el país, y las asociaciones médicas especializadas y el CMD han emprendido una lucha a fin de que se escuchen los argumentos y se llegue a una solución a los problemas para evitar que los pacientes no sean perjudicados.
En el Tribunal Superior Administrativo, Contencioso y Tributario los dueños de clínicas incoaron un recurso que busca anular la resolución 278-02 que establece los centros de Unidad de Atención Primaria, pero aún está pendiente el fallo de la medida cautelar
“Mantenemos nuestra posición de que se revise la resolución 278-02, porque si el CNSS quiere imponer el régimen contributivo habrá una confrontación muy seria, a lo que no queremos llegar”, precisó.
“Vamos a continuar trabajando bajo las condiciones actuales en dirección segura o con el temor de irnos a la quiebra o asumir un plan de lucha enérgico para exigir nuestro derecho y que se cumplan con la ley 87-01”, puntualizó el doctor Mena.
Anoche, Andeclip se reunió con sus miembros y acordaron reunirse con las ARS, y sobre el particular el doctor Mena significó que los diálogos que se han realizado indican que se llegará a un acuerdo.
El doctor Mena adelantó que en las próximas horas Andeclip se reunirá con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) con el fin de arriba r a un acuerdo para que le reajusten la cápita a las prestadoras de salud.
Dicen que en el pasado día 4 del 2011 el CNSS emitió la resolución 280-02 modificando parcialmente la resolución recurrida con la cual permite a las ARS percibir el aumento de la cápita del Seguro Familiar de Salud consistente en un 9.3%, establecida por el CNSS mediante la resolución 279-03.
En adición hubo otro aumento establecido con anterioridad sin que las ARS hayan atendido los reiterados reclamos de Andeclip para que los aumentos se reflejen en la misma forma.
Atención primaria
El CNSS dispuso el inicio del Primer Nivel de Atención como puerta de entrada a los servicios del Plan Básico de Salud del Seguro Familiar de Salud a partir del 1º de mayo del año 2012, en cumplimiento de lo establecido por los artículos 129 y 152 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
No hay comentarios. :
Publicar un comentario