jueves, junio 01, 2017

PGR explica mención de Punta Catalina en solicitud de medidas de coerción imputados Odebrecht

01/06/2017 Santo Domingo, República Dominicana._ Ante las aseveraciones y cuestionamientos realizados por algunos de los abogados de los imputados con relación al Proyecto Punta Catalina y la alegada no inclusión de ninguna persona vinculada a este proyecto en el proceso de solicitud de medidas de coerción en el caso de Odebrecht, la Procuraduría General de la República (PGR) explicó este jueves que de ninguno de los documentos suministrados por las autoridades de Brasil se infiere que hayan sido pagados sobornos para ganar el proceso de adjudicación ni para el Contrato de EPC (Engineering Procurement and Construction), del proyecto Central Termoeléctrica de Punta Catalina. 


A través de una nota de prensa, la institución señaló además que la documentación provista desde Brasil no evidencia irregularidad alguna en el proceso de licitación y adjudicación del contrato de EPC, aunque hace la salvedad de que la misma incluye la confesión de un empleado de la empresa Odebrecht, según la cual un diputado y un senador habrían recibido sobornos para la aprobación en el Congreso Nacional del financiamiento para la construcción de la Central Termoeléctrica de Punta Catalina.

Indicó que tal cual se contempla en la solicitud de medidas de coerción, existen indicios serios y graves de que para la obtención y aprobación del financiamiento en el Congreso Nacional sí se pagaron sobornos, hechos por los cuales, existen dos personas contra quienes se están pidiendo medidas coercitivas, dentro del grupo de señalados por esta PGR el pasado lunes, como parte de las diligencias de la investigación de los sobornos pagados por la constructora brasileña.

La PGR dijo además que las confesiones de este empleado reposan integras en el expediente depositado por ante el juez Francisco Ortega Polanco, designado por la Suprema Corte de Justicia para conocer la instrucción del caso Odebrecht, y serán de público conocimiento en la medida que el debido proceso legal lo permita.




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