sábado, enero 07, 2012

Nuevas Normas en el cálculo del interés tarjetas de crédito

7/Enero/2012               Santo Domingo.- La Superintendencia de Bancos anunció este viernes la puesta en marcha de un nuevo sistema de cálculo de los intereses y comisiones aplicadas tarjetas de crédito, a fin de garantizar una mayor trasparencia en su manejo, y que los usuarios tengan una mayor precisión de cómo deben aplicar los pagos. La entidad explicó  que se trata del  Nuevo Instructivo para el Cálculo de los Intereses y Comisiones Aplicables a las Tarjetas de Crédito, creado y aplicado  mediante la Circular 005-2011.
Apuntó que se trata de un dispositivo regulatorio actualizado y ampliamente explicativo que supera la anterior Resolución 7-2001 en materia de asistencia a los tarjetahabientes, y garantiza una mayor transparencia
Indicó la institución supervisora que mientras la circular vigente ofrece un marco normativo actualizado, fundamentado en la Ley  183-02, que rige el Sistema Financiero, la Resolución derogada, la 7-2001, se sustentaba  en un esquema legal desfasado, correspondiente a la descontinuada Ley General de Bancos, que databa de 1965.
La Superintendencia de Bancos dijo que el presente estatuto detalla de manera precisa la metodología de cálculo de los intereses, comisiones  y cargos que se generan en las operaciones de tarjetas de crédito en cuanto a intereses por financiamiento, comisiones por mora, sobregiro y avance de efectivo; así como costos de emisión, renovación y sustitución del plástico.
Mientras que la derogada resolución 7-2001 solo enunciaba esos aspectos, sin entrar en detalles ni definir los conceptos y procedimiento de cálculo, por lo que su alcance regulatorio era limitado.
En ese sentido, se generaban asimetrías informativas entre emisores y usuarios relativos a los métodos de cálculo y cobros de intereses derivados del uso de la tarjeta de crédito sobre el Saldo Insoluto Diario del Capital Financiado, es decir, basadas en el Balance Promedio Diario de los recursos efectivamente utilizados sobre la base de 360 días.
La Superintendencia de Bancos manifestó que en  beneficio de los clientes, “la Circular 005-2011 aporta mayor transparencia respecto a la anterior 7-2001, al establecer de manera explícita que los intereses derivados del uso de las tarjetas de crédito se cobran sobre el Saldo Insoluto Diario del Capital, y en tal sentido, el documento incluye tres ejemplos de cálculo de interés con financiamiento con hasta tres meses con balance anterior”.
Precisó que la  nueva Circular dispone en forma especifica el tipo de información a ser entregada a los tarjetahabientes, a través de los estados de cuentas mensuales, lo que no establecía la anterior Resolución.
Del mismo modo, la circular en vigor incluye todo lo concerniente al crédito diferido y su contabilización.

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