La litis por los terrenos invadidos por el diputado y sindicalista Juan Hubieres y un grupo de Fenatrano, está rodeada de un manto de irregularidades, en vista de que la alegada compra de la parcela no se ha materializado.
Según explicó uno de los abogados de Gladys Benzo Viuda Pimentel, supuesta propietaria de los solares a los que hace alusión el empresario del transporte, la promesa de venta de los terrenos por un monto de 60 millones de pesos, firmada el 1 de septiembre pasado, “no es definitiva”, cuando ya estaba en curso el proceso de desalojo.
El documento se refiere a “una porción de terreno, dentro del ámbito de la parcela, número 185-171 del D.C. 6 del D.N., con una extensión superficial de setenta y cinco mil metros cuadrados, amparados por un certificado de título número 60-6751, colindante con la parcela número 160 del D.C. 6 del D.N.”.
Según los representantes legales de la señora Benzo, la parcela ocupada por el sindicalista no es la misma pautada en la promesa de venta. Hubieres, en cambio, insiste en lo contrario.
La parcela 185-171, del D.C número 6, tiene una superficie de tres millones 961 mil 815.60 metros cuadrados, con certificado de título número 90-6751, de 1990, donde el Estado dominicano tiene un total de un millón 103 mil 664 metros cuadrados y el resto de los terrenos son de particulares que totalizan más de 100, en su mayoría, no se han preocupado por el deslinde de sus propiedades, lo que da paso a la confusión de la ubicación de las mismas.
La parcela estuvo registrada el 20 de octubre de 1970 a nombre de Caridad Suazo viuda de Mota y compartes, y luego pasó a manos del Estado dominicano en 1990. En 1997 es que Benzo viuda Pimentel, adquiere los terrenos por adjudicación.
“La promesa de venta es para venderle dentro de la porción de doña Gladys, cuando se deslinde. Hay una discusión en torno a los terrenos, porque ellos dicen que están dentro de la parcela de nosotros, y nosotros decimos que no”, agregó Lino Polanco.
Dijo que algunas porciones de los terrenos están dentro del área declarada de utilidad pública, pero que se encuentra consciente de que ahora son terrenos propiedad del Estado, por lo que se abocarán a solicitar la consiguiente indemnización al Gobierno. Mientras que Hubieres insiste en que está en su derecho, basado en una promesa de venta, aunque no descarta un diálogo para que el Estado reubique a los desalojados. También pidió que el Estado pague indemnización por los terrenos declarados de utilidad pública.
Distintos decretos
El decretó 381-92, del 31 de diciembre de 1992, declara de utilidad pública las franjas de terrenos a 150 metros de ancho a ambos lados del eje longitudinal de los farallones del llano costero sudoriental, a partir del Monumento a Duarte en la autopista Las Américas, hasta la perpendicular que une el borde de la Base Aérea de San Isidro con el mar. En tanto, el decreto 387-03, del 25 de agosto de 2003, redujo este espacio.
El último decreto, 1214-04, emitido por el presidente Leonel Fernández, el 16 de septiembre de 2004, ordena al Consejo Nacional de Asuntos Urbanos elaborar un plan de manejo para el uso del espacio de los farallones. “Sostenemos la teoría de que si alguien tiene un título y otra persona tiene una casa la cual ha construido hay que buscar la mediación de que el dueño del terreno no pierda sus derechos y que el dueño de la casa tenga seguridad jurídica”, dijo Hubieres.
Según los representantes legales de la señora Benzo, la parcela ocupada por el sindicalista no es la misma pautada en la promesa de venta. Hubieres, en cambio, insiste en lo contrario.
La parcela 185-171, del D.C número 6, tiene una superficie de tres millones 961 mil 815.60 metros cuadrados, con certificado de título número 90-6751, de 1990, donde el Estado dominicano tiene un total de un millón 103 mil 664 metros cuadrados y el resto de los terrenos son de particulares que totalizan más de 100, en su mayoría, no se han preocupado por el deslinde de sus propiedades, lo que da paso a la confusión de la ubicación de las mismas.
La parcela estuvo registrada el 20 de octubre de 1970 a nombre de Caridad Suazo viuda de Mota y compartes, y luego pasó a manos del Estado dominicano en 1990. En 1997 es que Benzo viuda Pimentel, adquiere los terrenos por adjudicación.
“La promesa de venta es para venderle dentro de la porción de doña Gladys, cuando se deslinde. Hay una discusión en torno a los terrenos, porque ellos dicen que están dentro de la parcela de nosotros, y nosotros decimos que no”, agregó Lino Polanco.
Dijo que algunas porciones de los terrenos están dentro del área declarada de utilidad pública, pero que se encuentra consciente de que ahora son terrenos propiedad del Estado, por lo que se abocarán a solicitar la consiguiente indemnización al Gobierno. Mientras que Hubieres insiste en que está en su derecho, basado en una promesa de venta, aunque no descarta un diálogo para que el Estado reubique a los desalojados. También pidió que el Estado pague indemnización por los terrenos declarados de utilidad pública.
Distintos decretos
El decretó 381-92, del 31 de diciembre de 1992, declara de utilidad pública las franjas de terrenos a 150 metros de ancho a ambos lados del eje longitudinal de los farallones del llano costero sudoriental, a partir del Monumento a Duarte en la autopista Las Américas, hasta la perpendicular que une el borde de la Base Aérea de San Isidro con el mar. En tanto, el decreto 387-03, del 25 de agosto de 2003, redujo este espacio.
El último decreto, 1214-04, emitido por el presidente Leonel Fernández, el 16 de septiembre de 2004, ordena al Consejo Nacional de Asuntos Urbanos elaborar un plan de manejo para el uso del espacio de los farallones. “Sostenemos la teoría de que si alguien tiene un título y otra persona tiene una casa la cual ha construido hay que buscar la mediación de que el dueño del terreno no pierda sus derechos y que el dueño de la casa tenga seguridad jurídica”, dijo Hubieres.
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